Extinción de pensión compensatoria por nueva convivencia marital

En la siguiente noticia sobre la extinción de pensión compensatoria por nueva convivencia marital, podemos leer cómo gracias a las pruebas aportadas por un detective privado, se deniega una pensión compensatoria concedida a la esposa (ex-esposa ya), al convivir ésta maritalmente con su nueva pareja.

Este hecho es fundamental, y se basa en el Art.101 del Código Civil, que básicamente nos dice que, para que se extinga la pensión compensatoria no es necesario ya que uno de los cónyuges se case de nuevo, sino que basta con que conviva maritalmente con ella.

Lo que argumentan este tipo de sentencias favorables es lo siguiente; el origen de las pensiones compensatorias, se produce porque en el divorcio, ha habido un desequilibrio económico.

Desequilibrio, que se compensa de alguna manera con la nueva convivencia, lo cual abre una vía importante para solicitar la modificación de medidas.

Los detectives privados estamos legalmente capacitados para obtener pruebas de este tipo de convivencia, y los informes que presentamos, y posteriormente ratificamos en sede judicial, como ha sucedido en la noticia que ha abierto este post, pueden suponer la prueba definitiva que hagan inclinar la balanza hacia un lado u otro.

En muchas ocasiones, son los propios abogados los que nos recomiendan para llevar a cabo este tipo de casos, pero muchas otras veces, el desconocimiento de esta herramienta, o bien el tabú sobre lo inalcanzables que somos (mucha gente se sorprende gratamente cuando les decidimos cuánto cuesta un detective privado…), hace que se pierda esta baza.

En nuestra agencia de detectives en Bilbao, tenemos una amplia experiencia en este tipo de casos.

Llámanos sin compromiso 609 18 89 00, y te aconsejaremos sobre la mejor estrategia de cara a demostrar esa nueva convivencia marital de tu expareja, resolviendo todas tus dudas.